De acuerdo con el alto tribunal, se tumbó el literal C del artículo 101, que permitía al Ejecutivo mantener una diferencia al alza de los combustibles, para el caso en que el precio de paridad internacional era inferior. “No existe norma de rango legal que establezca algún parámetro en la realización de esta tarea (fijar precio de la gasolina) por parte del Ministerio de Minas y Energía”, sustenta el documento.
Ante dicha decisión, que el ejecutivo esperaba desde que la Corte publicó el primer comunicado, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, aseguró que ya alistan una propuesta para llevarla al Congreso.
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